BOLETIN
OFICIAL DEL ESTADO.
Martes 24 de
febrero del 2015 Núm. 47. Sec. I Pág. 15746
Decreto que regula el temario curricular de la asignatura de religión en los centros educativos españoles.Preceptos a resaltar del texto legislativo:
-Durante el
curso no se deberá hacer referencia alguna a otras confesiones paganas, a no ser para mostrar su inferioridad.
-Para aprobar
la asignatura los alumnos deberán reconocer “la incapacidad de la persona para
alcanzar por sí mismo la felicidad”. Se deberá aceptar que los no creientes, o los que los son de otras religiones, son unos infelices.
-Serán suspendidos
y expulsados de la asignatura aquellos alumnos que durante el periodo escolar
muestren comprensión por prácticas homosexuales, abortistas, por la eutanasia,
por ideas comunistas o por posiciones separatistas.
-Se valorará
en la calificación final de la asignatura el que habitualmente se haya besado la
mano del profesor al entrar y salir de clase.
-Se memorizaran
y reproducirán fórmulas sencillas de petición y agradecimiento, rezos, oraciones
y demás cánticos patrios injustamente desacreditados a partir de la muerte del
Caudillo.
-Se trabajará
la formación del espíritu nacional sobre la base de la aceptación de las raíces
cristianas de la raza española.
-Se valorará
en la nota final de la signatura la contribución económica de los padres al
mantenimiento de la iglesia.
-Durante el
mes de mayo se realizaran excursiones campestres para recolectar flores para ofrecérselas
a la Virgen María. Los alumnos que no han tenido el buen juicio de escoger la asignatura
de religión deberán permanecer en la escuela estudiando cálculo, álgebra y
semejantes.
-La
vestimenta de las niñas ha de estar formada por falda larga azul marino plisada
y mantilla que tape el cabello y los hombros, y la de los niños vestido de marinero
con galones. Dios no creó a Adán y Eva desnudos.
-Desconsideraciones,
blasfemias, mal comportamiento y demás incorrecciones en clase serán castigadas
con el infierno.
-Se debe
fomentar la evidencia de que el clero es el representante de Dios en la Tierra,
y que debemos acceder a TODOS sus deseos
porque son los deseos de Dios. Denunciar ante la justicia a los clérigos por
sus conductas con los alumnos será motivo de expulsión del centro, de
excomunión y de castigo eterno en las brasas del infierno.
-Está
permitida la asistencia a la asignatura de religión de las niñas de hasta doce
años, edad en que deben abandonar la escuela para dedicarse a las labores del
hogar y prepararse para el matrimonio cristiano.
-Se debe
fomentar el consumo de medios de comunicación afines a la Conferencia Episcopal
Española, y recomendar el voto para el partido político que promueve los
preceptos morales de la Iglesia.
-Los alumnos
de religión tendrán preferencia a la hora de repetir postre en el comedor
escolar.
-La
asignatura de religión es optativa para aquellos alumnos que la escojan libremente,
y obligatoria para el resto.
-Esta
resolución queda amparada por el marco jurídico vigente y por la propia Constitución
Española. Cualquier desacreditación, injuria o vilipendio contra él, por el
global del enunciado o por alguna de sus
partes, será castigado según el Código Penal Español, en aplicación a la Ley
antiterrorista del 2 de febrero del 2015, que sanciona con penas de hasta cadena
perpetua revisable manifestaciones, sediciones y demás actos contrarios a la
Constitución Española.
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